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Segundo Picnic en Acción de GraciasDomingo, 3 de noviembre

De 8:00 am a 5:00 pm
¡Un evento para toda la familia!

Presentaciones artísticas
Juegos divertidos y DJ

Deliciosa Comidas
Meriendas y bebidas

Rifa
Ticket $25

RIFA

7 PREMIOS

3 premios de $4,000 cada

2 premios de $2,000 cada

2 premios de $1,000 cada


El ganador tendrá que proveer su Número de Seguro Scial o Número de Identificación de Impuestos para recibir el premio.

  • Donacion sugerida: $25 por boleto
  • Ganador seleccionado al azar
  • El sorteo se realizara en la Iglesia San Isidro
  • El ganador no necesita estar presente.
  • La Rifa se llevara a cabo a las 4:00pm

REGLAS QUE RIGEN LA RIFA

  1. La donación sugerida del boleto para la rifa es de $25. No se requiere compra para participar. Los boletos gratuitos están limitados a uno por hogar. Comuníquese al (561) 562-0422 para obtener más información.
  2. La rifa está patrocinada por los Caballeros de Colón, Consejo San Isidro 16980
    2310 Dr. Martin Luther King, Jr. Blvd., Pompano Beach, FL, 33069. Correo electrónico: KofC16980@gmail.com.
  3. El ganador será seleccionado al azar.
  4. No necesitas estar presente para ganar. El ganador será contactado dentro de las 48 horas posteriores al sorteo y treinta (30) días para reclamar el premio ("período de reclamo") en la Oficina Parroquial de San Isidro. Se requiere identificación válida. La no recogída del premio dentro del prazo de reclamación dará lugar a la pérdida y se considerará una donación en beneficio de la Iglesia de San Isidro.
  5. Debes tener 18 años o más para participar. Las ganancias son intransferibles.
  6. El ganador está sujeto a todos los impuestos y leyes locales, estatales y federales aplicables.
  7. Comuníquese con Edwar Aguilera a la (561) 562-0422 para cualquier pregunta que pueda tener o para obtener más información.

Aunque el estado de exención de impuestos federales es un requisito mínimo para las organizaciones sin fines de lucro interesadas en realizar una rifa en Florida, la ley estatal también limita la forma en que se pueden recaudar fondos. Específicamente, los estatutos de Florida prohíben expresamente que las organizaciones benéficas exijan o insinúen de otro modo que se debe realizar un pago en efectivo a cambio de un boleto o participación en la rifa.

Esta limitación busca distinguir un evento de caridad de otras actividades de juego, pero no prohíbe que una organización sin fines de lucro que califique sugiera una donación mínima.

Por ejemplo, indicar que "los boletos cuestan $100" sería una infracción, pero indicar que "la donación sugerida para un boleto es de $100" sería aceptable según la ley.



Para garantizar la operación legítima de la rifa o la lotería y para desalentar el engaño de posibles participantes, la ley de Florida requiere la divulgación de cierta información relacionada con el evento. Específicamente, cada folleto, anuncio, formulario de inscripción y boleto utilizado en relación con el sorteo debe indicar la fuente de los fondos utilizados para otorgar el premio en efectivo y la fecha, hora y lugar donde se seleccionará al ganador.

Además, los materiales deben describir todas las normas y reglamentos que rigen el concurso, así como el nombre y el lugar principal de negocios de la organización sin fines de lucro.

Además, ninguna literatura o material publicitario que distribuya la organización sin fines de lucro como parte de la rifa o la lotería puede ser engañoso, falso o engañoso.



Todos los ganadores elegidos a través de rifas y loterías realizadas por organizaciones sin fines de lucro en Florida deben hacerse al azar. La ley estatal prohíbe específicamente otorgar premios en función de sorteos coincidentes, ganadores instantáneos o preseleccionados. Esta prohibición también hace que sea ilegal eliminar, descalificar, rechazar o discriminar de otro modo en función de si el participante hizo o no una donación en efectivo a la organización como parte de la rifa.

Además, si bien una organización puede limitar la cantidad de boletos que puede tomar cada participante, ningún premio puede estar condicionado a que se haya desembolsado una cantidad mínima de boletos o realizado contribuciones.

En su lugar, se deben otorgar todos los premios ofrecidos y la organización debe notificar al ganador que ha ganado. La sanción para cualquier persona sorprendida violando esta sección es un delito menor de segundo grado según la ley de Florida.